Comparador de figuras penales
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Denuncia vs Querella
Ambas son formas de poner en conocimiento del sistema judicial la comisión de un delito, pero se diferencian en quién puede presentarlas, los requisitos formales y las consecuencias procesales.
| Criterio | Denuncia | Querella |
|---|---|---|
| ¿Quién la presenta? | Cualquier persona que conozca los hechos | El perjudicado u ofendido (o el Ministerio Fiscal) |
| Abogado y procurador | No son necesarios | Obligatorios |
| ¿Dónde se presenta? | Comisaría, Guardia Civil, juzgado o Fiscalía | Juzgado de instrucción competente |
| Forma | Oral o escrita, sin requisitos formales especiales | Escrita, con relato de hechos, calificación y pruebas |
| Personación como parte | No implica personación automática | El querellante se persona como acusación particular |
| Fianza | No se exige | El juez puede exigir fianza al querellante |
| Delitos perseguibles | Todos (públicos, semipúblicos y privados) | Necesaria para delitos privados (injurias/calumnias entre particulares) |
| Retirada | Se puede desistir sin consecuencias (salvo denuncia falsa) | Desistir puede conllevar responsabilidad por costas |
Estas comparativas ofrecen una visión simplificada con fines orientativos. La legislación penal es compleja y cada caso tiene matices propios. Consulta con un abogado penalista para un asesoramiento adaptado a tu situación.

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