El juicio rápido es un procedimiento abreviado que permite enjuiciar determinados delitos en un plazo muy corto, a veces en cuestión de días. Está regulado en los artículos 795 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y es muy habitual en los Juzgados de Instrucción de la Ciudad de la Justicia de Alicante y del resto de partidos de la provincia.
¿Qué delitos se juzgan por el procedimiento rápido?
Se aplica a delitos flagrantes o de instrucción sencilla castigados con pena de hasta cinco años de prisión, entre ellos:
- Delitos contra la seguridad vial (alcoholemia, conducción sin permiso, temeraria).
- Lesiones y violencia de género.
- Hurtos, robos y algunos delitos de patrimonio.
¿Cuáles son las fases del juicio rápido?
1. Diligencias urgentes en el Juzgado de Instrucción
Tras el atestado policial, el detenido pasa a disposición del Juzgado de guardia. Se practican las diligencias imprescindibles y se toma declaración.
2. Apertura de juicio oral y calificación
El Fiscal formula acusación. En este punto puede plantearse una conformidad.
3. Enjuiciamiento
Si no hay conformidad, el caso se remite al Juzgado de lo Penal para su celebración.
¿Qué es la conformidad y por qué reduce la pena?
En determinados juicios rápidos, cuando se cumplen los requisitos legales del art. 801 LECRIM, el acusado puede prestar su conformidad ante el Juzgado de Guardia y obtener una reducción de un tercio de la pena solicitada. Puede ser muy ventajosa, pero nunca debe firmarse sin analizar antes la prueba: en ocasiones interesa ir a juicio porque la acusación es débil. Esa valoración es, precisamente, el trabajo del abogado de la defensa.
¿Necesito abogado en un juicio rápido en Alicante?
Sí, siempre. La rapidez del procedimiento juega en tu contra si acudes sin asesoramiento: apenas hay tiempo para reaccionar. Si te han detenido y tienes señalado un juicio rápido, contacta con nuestra asistencia 24 horas cuanto antes.























