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Estafas y delitos informáticos en Alicante: cómo denunciar y defenderte
Ciberdelitos

Estafas y delitos informáticos en Alicante: cómo denunciar y defenderte

Escrito por José Moreno Bernal

Phishing, estafas por internet, suplantación o acceso a datos. Qué dice el Código Penal, cómo denunciar si eres víctima y cómo defenderte si te investigan.

Puntos clave

  • La estafa informática (art. 248 CP) y el acceso ilícito a datos (art. 197 CP) son los ciberdelitos más frecuentes.
  • Si eres víctima: guarda toda la prueba, avisa al banco y denuncia cuanto antes.
  • La rapidez es clave para intentar recuperar el dinero.
  • En la defensa, la prueba tecnológica (IP, dispositivos) debe examinarse a fondo: no siempre identifica al autor.

La estafas online y fraudes informáticos está tipificada en el artículo 248 y 249 del Código Penal y los ataques a datos y comunicaciones en el 197 y siguientes. Los ciberdelitos han crecido enormemente y afectan a particulares y empresas de toda la provincia de Alicante.

¿Qué tipos de ciberdelito existen?

  • Estafa informática y phishing (art. 248 y 249 CP, según el mecanismo utilizado): engaños para obtener datos bancarios, transferencias fraudulentas, obtención ilicita de datos bancarios u otras maniobras dirigidas a casuar un perjuicio patrimonial.
  • Descubrimiento y revelación de secretos (art. 197 CP): acceso a cuentas, mensajes o datos personales sin autorización.
  • Suplantación de identidad y usurpación del estado civil.
  • Daños informáticos (art. 264 CP): borrado o sabotaje de sistemas.

Soy víctima de una estafa online: ¿cómo denuncio?

  • Reúne toda la prueba: capturas, correos, justificantes de transferencia, números de cuenta.
  • Avisa a tu banco de inmediato para intentar bloquear o revertir la operación.
  • Denuncia ante la Policía Nacional o la Guardia Civil (que cuentan con unidades especializadas).
  • Valora ejercer la acusación particular para reclamar lo defraudado.

Me investigan por un delito informático: ¿qué hago?

La prueba tecnológica es compleja: direcciones IP, titularidad de cuentas, cadena de custodia de dispositivos. Un mismo indicio (una IP, un dispositivo compartido) no siempre identifica al autor. Por eso la defensa debe analizar minuciosamente cómo se obtuvo la prueba y si se respetaron los derechos fundamentales.

¿Se recupera el dinero de una estafa?

No siempre, pero la rapidez aumenta las posibilidades. Actuar en las primeras horas frente al banco y denunciar de inmediato es determinante. Cuéntanos tu caso en una consulta o revisa los delitos informáticos que tratamos.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre este tema

¿Qué hago si he caído en un phishing y me han sacado dinero?

Avisa de inmediato a tu banco para intentar bloquear o revertir la transferencia, reúne todas las capturas y justificantes y denuncia ante la Policía o la Guardia Civil. Cuanto antes actúes, mejor.

¿Pueden condenarme solo por mi dirección IP?

Una IP identifica una conexión, no necesariamente a una persona. Por sí sola suele ser insuficiente; la defensa analiza si existen otros indicios y cómo se obtuvo la prueba.

¿Es delito entrar en el correo o redes de otra persona?

Sí. Acceder sin autorización a cuentas, mensajes o datos personales puede constituir un delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197 del Código Penal.

¿Puedo reclamar el dinero al autor de la estafa?

Sí. Ejerciendo la acusación particular puedes reclamar la responsabilidad civil derivada del delito, es decir, la devolución de lo defraudado y los perjuicios.

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