En numerosos procedimientos penales la acusación depende de objetos, sustancias o dispositivos que pasan por varias manos antes de llegar al juicio.
Droga intervenida, armas, teléfonos móviles, muestras biológicas, documentos, soportes informáticos o prendas pueden ser recogidos por la Policía, trasladados, almacenados, analizados pericialmente y finalmente incorporados al procedimiento.
La cadena de custodia sirve para responder a una pregunta esencial: ¿puede asegurarse que aquello que se analiza y se presenta ante el tribunal es exactamente lo mismo que fue intervenido al inicio?
No se trata de una formalidad burocrática.
Su función es garantizar la identidad, integridad y trazabilidad de la evidencia.
Ahora bien, tampoco toda irregularidad documental o defecto menor convierte automáticamente una prueba en nula.
Ése es precisamente el punto que exige un análisis jurídico serio.
Qué es la cadena de custodia
La cadena de custodia es el conjunto de actuaciones destinadas a documentar y preservar la identidad de una evidencia desde su recogida hasta su utilización procesal.
Permite conocer:
- quién recogió el objeto o muestra;
- dónde;
- cuándo;
- en qué condiciones;
- cómo fue embalado;
- quién lo trasladó;
- dónde quedó depositado;
- quién accedió a él;
- qué análisis se practicaron;
- y cómo llegó finalmente al órgano judicial.
El objetivo es evitar dudas razonables sobre una posible sustitución, alteración, contaminación o manipulación.
La cadena de custodia no es una prueba autónoma
Éste es un matiz importante.
La cadena de custodia no demuestra por sí sola la comisión del delito.
Su función es garantizar la fiabilidad del objeto material que después será valorado como prueba.
Por ejemplo, en un delito contra la salud pública, la cadena de custodia no acredita que el acusado poseyera la droga con intención de traficar.
Lo que pretende garantizar es que la sustancia analizada por el laboratorio es la misma que fue intervenida y que no sufrió alteraciones relevantes.
¿Qué ocurre si existe un error?
No toda deficiencia produce la nulidad de la prueba.
La jurisprudencia distingue entre simples irregularidades formales y verdaderas quiebras capaces de generar una duda razonable sobre la autenticidad o integridad de la evidencia.
Por eso no basta con detectar: un formulario incompleto; una firma ausente; una diferencia secundaria de horario; o una descripción poco precisa.
La cuestión relevante es otra: ¿esa irregularidad permite dudar fundadamente de que la evidencia sea la misma o de que haya podido ser alterada?
Si la respuesta es negativa, el defecto puede carecer de eficacia invalidante.
Qué es una verdadera ruptura de la cadena de custodia
Una ruptura relevante aparece cuando existe un vacío real en la trazabilidad.
Por ejemplo:
- se desconoce quién tuvo la evidencia durante un periodo significativo;
- no puede acreditarse dónde estuvo almacenada;
- aparecen diferencias relevantes entre lo recogido y lo analizado;
- el precinto estaba manipulado o roto;
- existen discrepancias sustanciales de peso, número o identificación;
- o resulta imposible relacionar con certeza la muestra analizada con la intervenida.
En esos casos el problema ya no es puramente formal.
Puede afectar a la autenticidad de la prueba.
Cadena de custodia y presunción de inocencia
La importancia de la cadena de custodia aumenta cuando la evidencia material constituye una parte esencial de la acusación.
Si la condena depende de una sustancia, un arma, una muestra biológica o un dispositivo, la defensa puede cuestionar si existe continuidad suficiente entre la intervención inicial y el análisis final.
Pero conviene distinguir dos planos.
Una cosa es discutir la regularidad de la custodia. Otra es determinar si la prueba de cargo, valorada en conjunto, resulta suficiente para superar la presunción de inocencia.
No toda incidencia en la cadena destruye automáticamente el resto del material probatorio.
Cadena de custodia en delitos de drogas
Es probablemente uno de los ámbitos donde más se discute.
Cuando se interviene una sustancia, deben poder reconstruirse con precisión:
- lugar y momento de la intervención;
- número de envoltorios;
- peso inicial;
- identificación y precintado;
- entrega en dependencias policiales;
- remisión al laboratorio;
- análisis químico;
- peso neto;
- y devolución o conservación de la muestra.
Las diferencias de peso también requieren cautela. Puede haber variaciones explicables por el sistema de pesaje, embalajes, humedad o metodología del laboratorio.
Lo relevante es comprobar si la discrepancia resulta objetivamente compatible con la misma sustancia o si plantea una verdadera duda de identidad.
Muestras biológicas y ADN
En pruebas biológicas, la cadena de custodia adquiere una importancia todavía mayor.
Sangre, saliva, restos epiteliales o cabellos son susceptibles de contaminación.
Por eso interesa conocer:
- quién obtuvo la muestra;
- qué material utilizó;
- cómo fue identificada;
- en qué condiciones se conservó;
- quién la recibió en laboratorio;
- y qué protocolos se siguieron para evitar contaminación cruzada.
La existencia de un perfil genético coincidente puede ser una prueba de enorme importancia, pero su valor depende también de que la muestra sobre la que se realizó el análisis sea fiable.
Teléfonos móviles y evidencia digital
En dispositivos electrónicos la cuestión presenta características propias.
No basta con saber dónde estuvo físicamente el teléfono.
También interesa preservar la integridad de la información digital.
La extracción forense debe permitir conocer, entre otros aspectos:
- qué dispositivo fue intervenido;
- qué identificadores tenía;
- qué herramienta se utilizó;
- cuándo se realizó la extracción;
- quién tuvo acceso;
- si se trabajó sobre copia forense;
- y si existen mecanismos de verificación de integridad.
En este ámbito resultan especialmente relevantes los valores hash y otros mecanismos técnicos que permiten comprobar que una copia no ha sufrido modificaciones.
Capturas de pantalla y cadena de custodia
Las capturas de WhatsApp, redes sociales o mensajes plantean un problema diferente.
Una simple captura puede ser manipulada y carece, por sí sola, de muchas de las garantías que ofrece una extracción forense de un dispositivo.
Eso no significa que una captura sea automáticamente inválida. Puede ser valorada junto con otros elementos. Pero si su autenticidad se impugna de forma seria, la parte que pretende utilizarla puede necesitar aportar elementos adicionales de corroboración.
La cadena de custodia digital y la autenticidad documental son cuestiones conectadas, aunque no idénticas.
Qué debe hacer la defensa
En una causa con prueba material no basta con leer el resultado pericial.
La defensa debería reconstruir todo el recorrido de la evidencia.
Conviene comprobar:
- acta de intervención;
- fotografías;
- etiquetado;
- precintos;
- número de efectos;
- diligencias de entrega;
- registros de depósito;
- remisión a laboratorio;
- recepción;
- informe pericial;
- diferencias de peso o descripción;
- y cualquier incidencia documentada.
La finalidad no es buscar errores irrelevantes.
Es determinar si existe una discontinuidad real capaz de afectar a la fiabilidad del objeto probatorio.
Qué debe hacer la acusación
Desde la acusación, la lógica es la inversa.
Si una prueba material va a resultar decisiva, conviene asegurarse de que su trazabilidad está bien documentada desde el inicio.
Una cadena de custodia clara evita que la discusión se desplace hacia dudas formales que podrían haberse prevenido con una correcta documentación.
La calidad de la prueba depende también de la calidad de su conservación.
¿Puede una irregularidad llevar a la absolución?
Puede hacerlo si la incidencia genera una duda racional sobre la identidad o integridad de la evidencia y esa prueba resulta esencial para la acusación.
Pero no existe una regla automática de: “error en cadena de custodia = prueba nula”
La valoración debe determinar: qué irregularidad existió; qué importancia tiene; si puede explicarse; si existe corroboración externa; y si, pese al defecto, permanece acreditada la autenticidad de la evidencia.
Cadena de custodia y tráfico de drogas
En procedimientos por tráfico de drogas este análisis puede ser determinante.
La sustancia intervenida suele constituir una prueba central.
Por eso deben revisarse tanto el acta policial como el pesaje, la remisión al laboratorio y el informe toxicológico.
Este artículo complementa nuestras publicaciones sobre tráfico de drogas y defensa penal en delitos contra la salud pública, pero responde a una intención distinta: la fiabilidad de la prueba material y su trazabilidad.
Cadena de custodia y defensa penal en Alicante
En Moreno Bernal Abogados Penalistas revisamos la cadena de custodia cuando la acusación se apoya en sustancias, armas, efectos intervenidos, dispositivos electrónicos o muestras periciales.
El despacho tiene sede en Alicante y está dedicado exclusivamente al Derecho Penal, ejerciendo tanto la defensa penal de investigados/acusados como la representación de victimas de delito por medio de la acusación particular.
En este tipo de procedimientos, el análisis técnico de la documentación policial y pericial puede ser tan importante como la discusión jurídica sobre el delito imputado.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la cadena de custodia?
Es el conjunto de actuaciones que permiten garantizar la identidad, integridad y trazabilidad de una evidencia desde su recogida hasta su utilización en juicio.
¿Un error en la cadena de custodia anula automáticamente la prueba?
No. Debe valorarse si el defecto genera una duda real sobre la autenticidad o integridad de la evidencia.
¿Qué pasa si el peso de una droga cambia entre la intervención y el laboratorio?
No toda diferencia es significativa. Debe comprobarse si existe una explicación técnica razonable o si la discrepancia afecta a la identidad de la sustancia.
¿La cadena de custodia también afecta a teléfonos móviles?
Sí. En evidencia digital debe garantizarse tanto la custodia física del dispositivo como la integridad de la información extraída.
¿Una captura de WhatsApp tiene cadena de custodia?
Puede plantear problemas de autenticidad distintos de una extracción forense. Si se impugna seriamente, puede requerirse corroboración adicional.
¿Puede absolverse por una ruptura de cadena de custodia?
Sí, si la ruptura genera una duda razonable sobre una evidencia esencial y no existen otros elementos suficientes que sostengan la acusación.
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Colegiado nº 8446 · ICA Alicante

























